Se adiciona un capítulo del Sistema de Cuidados, al Título I Fundamentos y Conceptos Básicos, de la Ley de Salud del Distrito Federal.

GPPAN CDMX A 21 DE MARZO DE 2019.

COMPARTIR

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN CAPÍTULO VII, DEL SISTEMA DE CUIDADOS, AL TÍTULO I FUNDAMENTOS Y CONCEPTOS BÁSICOS, DE LA LEY DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL PARA CREAR EL SISTEMA DE CUIDADOS; Y SE EXPIDE LA LEY QUE REGULA LOS CUIDADOS PALIATIVOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

 

I. Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver.

La necesidad de crear la Ley que Regula los Cuidados Paliativos para la Ciudad de México, que en términos de la Ley General de Salud en su artículo 166 Bis 1, fracción III define como Cuidados Paliativos: el cuidado activo y total de aquellas enfermedades que no responden a tratamiento curativo. El control del dolor, y de otros síntomas, así como la atención de aspectos psicológicos, sociales y espirituales.

Cuyos contenidos estarían dirigidos a enfermos en situación terminal, entendiendo por estos con fundamento en el mismo artículo en su fracción IV: las personas que tiene una enfermedad incurable e irreversible y que tienen un pronóstico de vida inferior a seis meses.

Asimismo, a la luz de la jerarquía normativa, es necesaria la adición de un Capítulo VII, Del Sistema de Cuidados, al Título I Fundamentos y Conceptos Básicos, de la Ley de Salud del Distrito Federal para crear el Sistema de Cuidados, mismo que se propone como parte del decreto de la presente Iniciativa.

Se trata también de que la muerte digna sea manejada por cuidados paliativos para el paciente y su familia, atendiendo al derecho consagrado en el artículo 6 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en su Apartado A, numeral 2.: La vida digna contiene implícitamente el derecho a una muerte digna”.

...

 

PROYECTO DE DECRETO
 

Artículo Primero. Se adiciona un Capítulo VII, Del Sistema de Cuidados, al Título I Fundamentos y Conceptos Básicos, de la Ley de Salud del Distrito Federal para crear el Sistema de Cuidados, adscrito a la Secretaría de Salud de la Ciudad de México. Que contará, con dos Subsistemas: a) el Subsistema de Cuidados Paliativos; y b) el Subsistema de Cuidados para integrantes de Grupos de Atención Prioritaria.

 

TRANSITORIOS

PRIMERO. La adición de un Capítulo VII, Del Sistema de Cuidados, al Título I Fundamentos y Conceptos Básicos, de la Ley de Salud del Distrito Federal, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México.

SEGUNDO. La Ley que Regula los Cuidados Paliativos de la Ciudad de México, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México.

TERCERO. La Secretaría de Salud de la Ciudad de México contará con 90 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar las modificaciones necesarias al Manual de Procedimientos para el Programa de Cuidados Paliativos en Hospitales de la Red, Medicina a Distancia y en Atención Domiciliaria, a fin de cumplir con lo dispuesto en el presente Decreto.

Dado en el Recinto Legislativo de Donceles a los 21 días del mes de marzo de 2019.

 

Contáctanos

¡Queremos escucharte y trabajar en equipo!