Congreso CDMX no puede asumir atribuciones federales en materia de extinción de dominio

GPPAN CDMX A 26 DE AGOSTO DE 2019.

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  • Precisó diputado Diego Garrido que sólo la Federación puede ejecutar esta sanción para delitos de alto impacto. 

El GPPAN calificó de inconstitucional y con vacíos legales la iniciativa, en manos del Congreso local, para expropiar inmuebles por rompimiento de sellos de clausura o suspensión de actividades en una obra activa, que promueven los alcaldes de MORENA en Álvaro Obregón y Miguel Hidalgo.

El diputado Diego Garrido López señaló que cualquier persona de forma involuntaria puede hacerlo, aunado a que es improcedente, ya que existen leyes federales en la materia.

“La Constitución dice claramente cuáles son los delitos donde se aplicaría la extinción de dominio y no está involucrado el rompimiento de sellos, es inconstitucional e ilegal también porque ya hay una Ley Nacional en Materia de Extinción de Dominio que sólo puede ser regulada por el orden federal y no por el local”.

Ante magistrados, autoridades y expertos que operan la normatividad en la materia, el diputado local y Presidente de la Comisión Registral, Notarial y Tenencia de la Tierra, agregó que la propuesta de MORENA es un atentado en contra del patrimonio de las familias y de la propiedad privada.

Desde Acción Nacional de manera determinante “decimos no a la extinción de dominio como sanción por romper sellos y ningún congreso estatal ni este Congreso de la Ciudad tiene la competencia para regular, para legislar el tema, es decir, no tenemos la competencia que tiene la Federación”.

Sostuvo que la Constitución federal mantiene un catálogo de delitos que ameritan la extinción de dominio, pero nunca dice que por el simple hecho de romper un sello de papel.  Explicó que esta acción de pasar propiedades al Estado sólo se ejecuta cuando hay delitos de alto impacto de por medio y se involucra el crimen organizado en operaciones más a fondo.

Diego Garrido detalló que en CDMX ya existen sanciones administrativas para quienes violenten reglamentos urbanos como la suspensión de actividades en una construcción, la  clausura u órdenes de demolición, esto, con la finalidad de que se respete el uso de suelo.

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